El Parlamento Europeo multará a los países que superen los límites de emisiones de CO2

Los Estados Miembros que no respeten los objetivos de reducción de gases de efecto invernadero procedentes, entre otros, del transporte terrestre y marítimo, deberán pagar multas y sanciones “estrictas”, según ha votado hoy la Comisión de Medio Ambiente del Parlamento Europeo. El objetivo es que la reducción de emisiones de CO2 de la UE para 2020 se eleve hasta el 30%.

La Comisión de Medio Ambiente ha ratificado el compromiso de reducir en un 10% entre 2013 y 2020 las emisiones de gases de efecto invernadero que provienen del transporte terrestre y marítimo, la construcción, los servicios, o la agricultura. Estas emisiones no forman parte del Sistema Europeo de Emisiones pero son responsables del 60% del total de las emisiones europeas.

El informe ha sido adoptado por mayoría absoluta (con sólo un voto en contra) por la Comisión de Medio Ambiente y deberá ser refrendada por el pleno y los Gobiernos nacionales en diciembre. La decisión ha estipulado que los Estados Miembros que no logren reducir la emisión de gases de efecto invernadero deberán pagar una multa de 100 euros por cada tonelada de CO2 emitida por encima del límite nacional. Los ingresos se destinarán a la investigación, el desarrollo y el uso de energías renovables en la Unión Europea.

Además, la Comisión de Medio Ambiente ha establecido nuevas reducciones europeas a largo plazo (después del 2020). El objetivo es reducir en 50% las emisiones en 2035, y entre un 60 y un 80% en 2050 respecto a los niveles de 1990. La UE acordó en 2007 una reducción del 20% para el año 2020, pero este porcentaje se elevaría ahora hasta el 30% si se alcanzaba un compromiso de reducción internacional.

Mientras, los países que contaminen por encima de los límites podrán compensar las emisiones invirtiendo en las cuotas de reducción de CO2 de otros países. Los parlamentarios han pedido que la utilización de la cuota extranjera no supere el 8% de sus emisiones del 2005 en el periodo 2013-2020. Esta decisión se opone a la de la Comisión Europea que defendía que los créditos alcancen como máximo el 3% anual.

Fuente: SINC
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