Real Decreto-Ley en materia de telecomunicaciones

Avanza la liberalización del sector de la televisión

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy una nueva normativa que avanza en la liberalización del sector de la televisión y garantiza su transparencia y pluralismo. Con esta iniciativa, España incorpora medidas ya vigentes en la mayoría de los países occidentales, como el criterio de la audiencia del mercado televisivo, decisivo a la hora de autorizar o no las operaciones de integración de operadores de televisión.

Avanza la liberalización del sector de la televisión
La nueva normativa introduce el criterio de audiencia del mercado televisivo. Foto: Indiana Stan

El nuevo Real Decreto-Ley flexibiliza los criterios exigidos para tener participaciones accionariales cruzadas en las empresas de televisión por ondas terrestres hertzianas e introduce el criterio de la audiencia del mercado televisivo como elemento decisivo a la hora de autorizar o prohibir eventuales operaciones de integración entre operadores del sector.

Así, una misma persona o entidad podrá tener participaciones cruzadas significativas (mayor del 5%) en más de una compañía, siempre y cuando la audiencia media acumulada de los operadores no supere el 27% de la audiencia total. Además, se permitirá la fusión de dos operadores del sector si no superan el límite del 27% de la audiencia y se garantice la existencia como mínimo de tres operadores privados de ámbito estatal con dirección editorial distinta.

La normativa, aprobada en la sesión de hoy del Consejo de Ministros, prohíbe que una misma sociedad o persona física tenga derechos de uso sobre el dominio público radioeléctrico. Asimismo, establece limitaciones para los operadores de titularidad pública del mercado televisivo: no más del 25% del espacio radioeléctrico disponible en el ámbito estatal y del 50% para las televisiones autonómicas y locales.

Procedimientos similares

El Real Decreto-Ley equipara la normativa española del sector a la existente en otros países de nuestro entorno. Por ejemplo, en EE UU están prohibidas las participaciones significativas en varios operadores cuando en conjunto superen el 35% de la audiencia nacional, mientras que en Alemania este límite es del 30% y se reduce hasta el 25% si la empresa afectada mantiene una posición de dominio en los mercados de medios.

Fuente: SINC
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