El Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto que establece los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura. Incluye, además, la prevención y el control de determinadas enfermedades que afectan a los animales acuáticos.
La nueva normativa establece requisitos de registro y autorización sanitaria para todas las empresas de producción y para todas las zonas de cultivo de los moluscos. A partir de ahora, se convierte en una única norma que incorpora las tres directivas anteriores y añade medidas adicionales de sanidad animal y de ordenación del sector de la acuicultura. Amplia también el contenido a otras especies y enfermedades.
La producción acuícola comunitaria actual es un sector en constante crecimiento, sobre todo para las producciones mediterráneas de dorada y lubina, por ello esta nueva norma se adapta a las nuevas necesidades de la acuicultura. El nuevo Real Decreto mejora la normativa existente, diseñada para producciones no mediterráneas (salmón, trucha, ostras y mejillones).
Registro de los movimientos de animales
La norma obliga a registrar los movimientos de animales de acuicultura y la mortalidad gracias a sistemas de vigilancia sanitaria permanentes. A esto se añade la necesidad de elaborar códigos de buenas prácticas para prevenir la introducción de enfermedades.
Una de las novedades es que incluye a los crustáceos y sus enfermedades. Además, el texto elabora una clasificación de las principales enfermedades, divididas en exóticas, emergentes y endémicas e incorpora una clasificación sanitaria de las explotaciones en función de su estado sanitario.
Las Comunidades Autónomas podrán realizar las declaraciones del estatus sanitario de sus explotaciones o zonas, y no deberán hacerlo a través de la Comisión Europea como hasta ahora.