El Real Decreto-Ley de medidas excepcionales y urgentes para garantizar el abastecimiento de poblaciones afectadas por la sequía en Barcelona ha sido aprobado hoy en el Consejo de Ministros, para atender una situación de emergencia y evitar restricciones de agua. Se llevará a cabo sin efectuar ningún trasvase adicional desde la cuenca del Ebro a las cuencas internas de Cataluña.
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-Ley de medidas excepcionales y urgentes de abastecimiento con “antelación suficiente” para evitar medidas necesarias de restricciones al abastecimiento. El Real Decreto-Ley pretende además atender esta misma finalidad esencial en otras cuencas de la vertiente mediterránea y como se hará en el futuro, si la persistencia de la sequía lo hace necesario, en cualesquiera otros ámbitos territoriales.
El Gobierno ha decidido poner en marcha estas medidas coyunturales de refuerzo ante la eventualidad de que se mantengan los niveles de precipitaciones, lo que se produciría a partir de octubre con un déficit de 3,9 hm3/mes. El Real Decreto-Ley se aprueba en un momento de sequía en el conjunto de España, en particular en el área metropolitana de Barcelona.
Se prevé que el déficit sea cubierto en el momento en el que entre en funcionamiento la planta desalinizadora de El Prat (Barcelona), en junio de 2009, y que aportará 5 hm3/mes. Las medidas tratarán, según el decreto, evitar, durante un período de aproximadamente nueve meses –en la hipótesis más desfavorable-, restricciones en la disponibilidad de agua para consumo humano, y que afectarían a más de cinco millones de habitantes abastecidos por el Sistema Ter-Llobregat.