Silvina Álvarez, del Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid, se dedica al estudio de las diferencias culturales, de los conflictos que éstas generan, y del modo en que la aplicación de los derechos humanos puede contribuir a la resolución de tales conflictos.
Nuestras sociedades son cada vez más plurales. La presencia de personas provenientes de países con culturas, religiones, idiomas y costumbres distintas de las nuestras ha enriquecido las sociedades de los países europeos. Al mismo tiempo, dicha presencia exige un esfuerzo de comprensión e interpretación.
En el ámbito de los derechos humanos, es decir de la protección de esas garantías básicas e imprescriptibles que tienen las personas para poder desarrollar libremente sus vidas, también se aprecia la necesidad de interpretarlos conforme a los contextos culturales dentro de los cuales las personas confieren sentido a su autonomía, es decir, a sus elecciones y decisiones. En este estudio, publicado en European Journal of Women Studies, Silvina Álvarez, del Departamento de Derecho Público y Filosofía Jurídica de la Universidad Autónoma de Madrid, analiza el caso del uso del pañuelo musulmán como un ejemplo del modo en que formas culturalmente diversas de actuar en sociedad exigen una interpretación renovada de los derechos de las personas.
En concreto, se trata de un caso que tuvo lugar en Alemania: una maestra que ganó un concurso para acceder a la función pública solicitó poder impartir sus clases sin dejar de llevar el pañuelo en la cabeza. El caso llegó hasta el Tribunal Constitucional alemán, que en su sentencia reconoce la pluralidad de derechos en conflicto: el derecho de la maestra a la libertad religiosa y al puesto de trabajo al que accedió por concurso, pero también el derecho de los alumnos y los padres a una enseñanza no condicionada por la religión, así como el derecho a la igualdad y la tolerancia.
Se trata entonces de poner sobre la mesa todos los derechos o pretensiones jurídicas que concurren en el caso, y llegar a una solución que tenga debidamente en cuenta todos los elementos comprometidos.
El artículo propone sopesar dichos derechos o pretensiones en su contexto y atendiendo al desarrollo de la autonomía personal, sin perder de vista el significado que la cultura proyecta sobre nuestras decisiones. Los derechos nos confieren las garantías que necesitamos para tomar las decisiones que dan forma a nuestra vida. Para que los derechos cumplan esa función, hay que centrarse en los sujetos, y ser capaces de interpretar adecuadamente las elecciones culturalmente condicionadas que las personas realizan.
En otras palabras, la autora afirma que proteger los derechos humanos de las personas es proteger su autonomía, y por tanto, cuando los derechos entran en conflicto habrá que dilucidar de qué modo se puede contribuir mejor a la realización de dicha autonomía, la cual no puede entenderse sin tener en cuenta el contexto cultural en el que las personas realizan sus elecciones.
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